Back to top

EXONERACIÓN DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA

Se prorroga el plazo hasta el 31 de agosto para poder solicitar la exoneración de Contribución Inmobiliaria para jubilados/as y pensionistas, en cualquiera de los Centros Comunales Zonales.

Requisitos para poder acceder a la exoneración:

a) Jubilado/a o pensionista debe ser sujeto pasivo del impuesto: propietario/a, poseedor/a a cualquier título, promitente comprador/a con promesa inscripta, mejor postor en remate judicialmente aprobado. El bien puede ser propio o ganancial, con independencia de cuál de los cónyuges tenga la administración del mismo.
 

b) El inmueble objeto de exoneración debe ser la casa habitación del jubilado/a.
 

c) Debe ser la única propiedad (en todo el país).
 

d) Los ingresos nominales del núcleo familiar no deben superar las cinco bases de prestaciones y contribuciones: $ 19.240.
 

e) El valor imponible 2018 del inmueble no puede superar el importe de $ 667.612.

Si el valor del inmueble está comprendido entre $ 667.612 y $ 1.001.423, la exoneración puede otorgarse por hasta el 50%.

 

La exoneración no corresponde si:

  • el padrón supera el tope del Valor Imponible,
  • el padrón figura como baldío,
  • el padrón tributa Contribución Inmobiliaria Rural,
  • el padrón tiene asociada una actividad comercial o más de una Tasa General,
  • los ingresos del núcleo familiar exceden las 5 BPC.

Si se cumple alguno de los puntos mencionados, el sistema no permitirá el ingreso de la exoneración.

 

Para realizar el trámite de solicitar la exoneración deberá presentarse con:

a) Cédula de identidad.

b) Recibo de ingresos por pasividad del beneficiario/a correspondiente al mes de enero de 2018 (original y fotocopia).

c) Documentación que acredite los ingresos de cónyuge o concubino/a (original y fotocopia) a enero de 2018.

d) Documentación que acredite los ingresos del resto de los/as integrantes del núcleo familiar (original y fotocopia) a enero de 2018.

e) Recibo de pago de la contribución 2017 (al sólo efecto de controlar la correcta identificación del padrón para el que se solicita la exoneración).

f)Timbre de la Caja de Profesionales Universitarios, valor $ 160 hasta el 30/06/2018 y a partir del 01/07/2018 el valor del mismo será de $ 170.

g) En caso de solicitar la exoneración por primera vez deberá presentar además, documento que acredite la titularidad del inmueble (título de propiedad, promesa inscripta o con fecha cierta, certificado notarial, constancia del BHU, ANV o MVOTMA actualizados). El jubilado debe ser propietario al 01/01/2018, pues el hecho generador se configura a dicha fecha.

h) En caso que la solicitud incluya el beneficio para años anteriores corresponderá agregar a toda la documentación mencionada anteriormente el listado de “Recibos histórico”. Dicho listado se solicita en el BPS, Oficina Central (edificio de Colonia y D. Fernández Crespo), Planta baja, Sector Tesorería.

 

Centro Comunal Zonal 9 (CCZ9)
8 de octubre 4700 esq. Marcos Sastre
Lunes a Viernes de 10 a 17hs

 

Información y ubicación de todos los Centros Comunales Zonales