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Funciones y competencias

 

De acuerdo con el Decreto 33.209 de la Junta Departamental, se establecen los cometidos principales de los municipios, entre otros, elaborar y presentar un Plan de Desarrollo Municipal y el Presupuesto Municipal, así como ejecutarlos y administrarlos de conformidad a las disposiciones vigentes.

Algunas de nuestras competencias:

Realizar la limpieza y el mantenimiento:

  • de las plazas y espacios verdes barriales de hasta 10 mil m², según reglamentación.
  • del arbolado, según reglamentación.
  • del alumbrado público a nivel barrial (calles secundarias), según reglamentación.
  • tareas de bacheo móvil superficial y obras menores de pavimento en las vías de tránsito de carácter barrial.

Barrer las calles barriales, esto es, excluyendo avenidas y bulevares.

Brindar servicios de barométrica a nivel domiciliario, según reglamentación.

Coordinar los programas ambientales, sociales, culturales y departamentales dentro de su jurisdicción territorial.

Fomentar la participación de los vecinos/as y las organizaciones sociales.

Promover el diálogo y la solución de problemas entre vecinas/os y organismos o instituciones competentes.

Fuentes: Ley 19.272. Decreto 33.209. Resoluciones Nº 3642/10, del 9/8/10 y 5849/10 y 5851/10, del 20/12/10.